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En su acuerdo de este jueves, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ordenar al Gobierno de la provincia de Salta suspender las autorizaciones para realizar actividades de desmonte y tala de alrededor de un millón de hectáreas de bosques nativos en los departamentos de Orán, San Martín, Rivadavia y Santa Victoria, hasta tanto se realice un estudio de impacto ambiental.
La Corte entendió que "en el presente caso se ha demostrado claramente que se otorgaron autorizaciones para la tala y desmonte tomando en consideración el impacto ambiental de cada una de ellas, pero no se ha efectuado ningún estudio relativo al efecto acumulativo de todas las autorizaciones".
También sostuvo que "la tala y desmonte de aproximadamente un millón de hectáreas tendrá un efecto sobre el ambiente que no se puede ignorar y que, en palabras expresadas por el representante de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación en la audiencia pública del día 18 de febrero del corriente año, seguramente será negativo".
En diciembre último, el Tribunal ya había dictado una medida cautelar ordenando el cese provisorio de esas actividades -autorizadas por el gobierno provincial durante el último trimestre del 2007-. En tanto, en febrero último, los ministros del Máximo Tribunal convocaron a una audiencia pública para debatir el caso.
En el pronunciamiento de hoy, que lleva las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, el Alto Tribunal amplió la cautelar dictada en diciembre último y dispuso suspender todas las autorizaciones de desmonte y tala otorgadas y no sólo las concedidas durante el último trimestre de 2007.
Además, advierte que se "configura una situación clara de peligro de daño grave porque podría cambiar sustancialmente el régimen de todo el clima en la región, afectando no sólo a los actuales habitantes, sino a las generaciones futuras. Este perjuicio, de producirse, sería además irreversible, porque no habría manera alguna de volver las cosas a su estado anterior".
En relación al estudio de impacto ambiental, la Corte dispuso que debe ser relizado por la provincia de Salta, en forma conjunta con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, y que además se "deberá dar amplia participación a las comunidades que habitan en la zona afectada".
Fallo inédito
El fundamento de la resolución de la Corte es el principido precautorio, siendo la primera vez que es desarrollado en materia ambiental en nuestro país.
"La aplicación de este principio implica armonizar la tutela del ambiente y el desarrollo, mediante un juicio de ponderación razonable. Por esta razón, no debe buscarse oposición entre ambos, sino complementariedad, ya que la tutela del ambiente no significa detener el progreso, sino por el contrario, hacerlo más perdurable en el tiempo de manera que puedan disfrutarlo las generaciones futuras", aseguró.
Y agregó: "Que la aplicación del principio precautorio en este caso, obliga a suspender las autorizaciones de tala y desmonte y su ejecución en los cuatro departamentos mencionados hasta tanto se efectúe un estudio del impacto acumulativo de dichos procesos".