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La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución, dictada por el juez federal Sergio Torres, que había denegado la excarcelación solicitada por Julio Poch, en la causa que se investigan los vuelos desde los que se arrojaron al mar y al Río de la Plata a detenidos en la ESMA.
En el fallo, dictado por los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzún, tuvieron en consideración otra resolución, en la misma causa y de la misma fecha, en la cual confirmaron el procesamiento del encausado por el delito de privación ilegal de la libertad agravada en 29 casos y, a su vez ratificaron “la resolución adoptada por el Sr. Juez de Grado en cuanto dispuso la detención de Julio Alberto Poch y, en consecuencia, mantenerlo en prisión preventiva”.
Los magistrados reprodujeron términos del pronunciamiento dictado por la Cámara Nacional de Casación en la causa “Videla” y sostuvieron que “en base a la objetiva y provisional característica de los hechos, calificados como delitos de lesa humanidad, encuentro razones fundadas para presumir que, en caso de recuperar su libertad podría sustraerse de la acción de la justicia.
Agregando que: "Ello es así, ni bien se atiende a las características fáctico-jurídicas de las graves imputaciones que pesan en su contra y la necesidad de asegurar la realización del debate para el esclarecimiento de la verdad", máxime cuando nuestro ordenamiento legal impide la realización del juicio en rebeldía.