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La Justicia ordenó al Instituto Provincial de la Salud la cobertura total de los gastos de una cirugía de implante de anillos intracorneales en los que incurrió un hombre el año anterior. El Juez de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez lo dispuso así al hacer lugar a un amparo presentado por un hombre, afiliado forzoso a la obra social provincial.
El hombre padece una patología de queratocono por lo que no toleró los lentes de contacto que hubieran representado una solución por lo que se realizó en noviembre de 2010 una cirugía de colocación de anillos intracorneales en el ojo izquierdo con tratamiento de cross linkin, aconsejándose en aquel momento el injerto corneal en el ojo derecho.
El amparo, la vía escogida por el hombre, es admisible frente a cualquier decisión, acto u omisión de la autoridad pública, salvo la judicial, o de particulares que, en forma actual o inminente, lesionen, restrinjan, alteren o amenacen con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta los derechos y garantías explícita o implícitamente reconocidos por las Constituciones Nacionales y de la Provincia a los fines que cese la lesión consumada o de la amenaza.
De allí que el juez, invocando el resguardo del derecho a la salud del amparista, dispuso hacer lugar a la acción de amparo ordenando al IPS la cobertura total de los gastos de cirugía realizados cuyo monto asciende a 18.900 pesos, advirtiendo que la condena abarca a los gastos posteriores en los que el hombre pudiera incurrir para llevar adelante el trasplante de córnea necesario para corregir la visión en su ojo derecho. Esto, sostuvo, deberá cubrir los gastos suficientes para la derivaciónd el paciente.
Salta, 28 de enero de 2011