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El juez Osvaldo Otheguy, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 8 de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó al Gobierno porteño, como medida cautelar, brindar a una mujer y a sus tres hijos menores “la asistencia que le permita superar sus necesidades habitacionales”.
Asimismo, el magistrado aceptó un planteo de la Defensoría General, al disponer que dicha asistencia no puede ser cubierta a través de los paradores para gente sin techo que existen en la Ciudad.
En su presentación, la Defensoría había señalado que esos paradores no cumplen con los requisitos que debe tener una “vivienda digna”, según el Comité del Pacto de Derechos Económicos y Sociales.
La mujer que presentó el amparo vive con tres hijos menores, está desocupada y venía cobrando un subsidio de 600 pesos que le otorgaba el Gobierno de la Ciudad y que dejó de percibir en noviembre del año pasado.
Según la resolución, ante el reclamo administrativo por la renovación del subsidio, desde el Ejecutivo porteño se respondió que no correspondía la renovación según la legislación vigente.
Para el juez, “el informe social adjuntado a fs. 56/59 se presenta como un mínimo soporte probatorio que al menos para un análisis de probabilidad como el que caracteriza la decisión sobre una medida cautelar, permite inferir que la actora y su grupo familiar resultarían comprendidos dentro del universo de personas con prioridad a las que se refiere el artículo 31 de la Constitución local, lo que autoriza a presumir que la vigencia del beneficio deba mantenerse”.