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El Juzgado Federal nº 3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, resolvió este jueves no hacer lugar a la aplicación del instituto de la suspensión del proceso a prueba solicitado por dos personas procesadas por la comisión del delito de estafa de seguro en concurso ideal con el delito de estrago por sumersión de nave agravado por el peligro de muerte para alguna persona (arts. 174 inc. 1 y 186 inc. 4 CP).
Las personas imputadas resultan ser el presidente de una empresa titular de la embarcación y el capitán de la nave, a quienes se le endilga haber tomado parte en el hundimiento del buque, poniendo en peligro la vida e integridad física de los marineros que lo tripulaban, con el fin de cobrar la suma asegurada.
Ante la oposición del representante del Ministerio Público Fiscal, Nicolás Czizik, a la aplicación del instituto en el caso, y dada la ausencia de ofrecimiento de reparación para subsanar el perjuicio ocasionado a las principales víctimas -tripulantes del buque-, sin perjuicio del acuerdo económico arribado con la aseguradora, es que se resolvió el rechazo de la pretensión de las defensas de aplicación de la suspensión del proceso a prueba.
Informe: Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata