Lo dispuso la Corte de Justicia provincial. Desestimó un pedido realizado en el marco de una acción popular de inconstitucionalidad. Señaló que la admisión de la medida podría significar “un adelanto sustancial del resultado del proceso”
Lo dispuso la Corte de Justicia provincial. El tribunal se refirió a la presunción de validez que ostentan los actos de los poderes públicos y señaló que la admisión de la medida podría significar “un adelanto sustancial del resultado del proceso”
Interpretó el Código Penal diciendo que no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y que cualquier caso de aborto no punible no está supeditado a trámite judicial. Exhortó a implementar protocolos hospitalarios
Fue presentada por un abogado, tras la difusión de una supuesta guía para la atención de abortos no punibles. Acusa a Juan Luis Manzur además por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Quedó radicada ante el juez federal Sergio Torres