Lo resolvió la jueza Myriam Cataldi. En el caso, el padre había consentido la realización de los tratamientos pero falleció meses después del nacimiento. Para la magistrada, la voluntad procreacional es el elemento central para determinar la filiación
Fue en una causa iniciada en el año 2012. El Máximo Tribunal se basó en la aplicación inmediata del Código Civil y Comercial de la Nación. Al respecto dijo que el reclamo encontraba respaldo en la nueva normativa y que no podía prescindirse de esa regla
Lo resolvió el Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de los Tribunales de Rosario respecto de un niño de 4 años. Declaró inconstitucional un artículo de la ley 18.248, por considerarlo “discriminatorio para la mujer y de carácter meramente costumbrista”
Un juez de Rosario ordenó que se suprima el apellido paterno y se inscriba al niño con el de su madre. En el caso se indicó que el padre está privado de la patria potestad, fue “maltratador de ambos, abandónico y consumidor de estupefacientes”