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    Derechos humanos: insisten con no excarcelar a imputado

    Se trata de Horacio Barcos, investigado por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno de facto. El Tribunal Oral Federal de Santa Fe rechazó un nuevo pedido de excarcelación. Fallo completo

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe rechazó un nuevo pedido de excarcelación de Horacio Barcos, imputado por violaciones a los derechos humanos, delitos que habrían sido cometidos durante el último gobierno militar cuando se desempeñaba como personal civil de Inteligencia.

    Barcos está imputado por los siguientes delitos: privación ilegítima de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas, en forma reiterada (dos hechos) y tormentos agravados por ser ejercido contra perseguidos políticos, en forma reiterada (dos hechos), en concurso real.

    En concreto, se lo acusa de haber formado parte de un grupo que habría privado ilegítimamente de la libertad en forma violenta a Amalia Petrona Ricotti y a su esposo, José Alberto Tur, y de haberlos presuntamente sometido a tormentos mientras estuvieron en cautiverio, entre el 16 al 31 de mayo de 1978, en el centro clandestino de detención conocido como “La casita”, situado en cercanías de la ciudad de Santa Fe.

    En la causa, en diciembre último el tribunal había rechazado un pedido de excarcelación de Barcos, medida que en marzo fue revocada por la Cámara Nacional de Casación Penal, quien reenvió el expediente para que se dicte un nuevo pronunciamiento en base al fallo plenario “Díaz Bessone”, por el que Casación limitó el alcance de la prisión preventiva.

    Ahora, el Tribunal Oral de Santa Fe insistió con denegar la liberación de Barcos, en función de la gravedad de los hechos imputados y la presunta condena que le correspondería, elementos “que habilitan a pensar que en caso de que el encausado recupere su libertad, contribuya de alguna manera a mantener aquella indebida impunidad, o que opte por evadir la acción de la justicia, para evitar una eventual condena, lo cual impide su soltura”.

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