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Este jueves, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, llevó a cabo la audiencia de visu respecto de Calixto Luis Flores y la audiencia de informes prevista en el artículo 468 del C.P.P.N. en la causa en la cual se investigan numerosos hechos de privaciones ilegítimas de la libertad, torturas y homicidio ocurridos durante la última dictadura en centros clandestinos de detención dependientes de la Policía de la Provincia de Córdoba.
En esa ocasión la defensa de Calixto Luis Flores hizo uso de la palabra, alegando a favor de la confirmación de la absolución de su asistido. La audiencia se reanudará el próximo 20 de septiembre, oportunidad en la que la defensa de Hugo Cayetano Britos podrá exponer los fundamentos de su recurso.
La Sala IV debe resolver los recursos de casación interpuestos contra la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de Córdoba en la causa Nro. 281/2009 de su Registro, caratulada “MENÉNDEZ Luciano Benjamín, CAMPOS Rodolfo Aníbal, CEJAS César Armando, BRITOS Hugo Cayetano, FLORES Calixto Luis, GÓMEZ Miguel Ángel, p.ss.aa. homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados, lesiones gravísimas” que condenó a Luciano Benjamín Menéndez –en su calidad de Jefe del 3er Cuerpo del Ejército, General de Brigada, Comandante del Área 311- , a Rodolfo Aníbal Campos –en su calidad de Jefe de la Policía de Córdoba-, a César Armando Cejas –en su calidad de Subdirector de la Dirección General de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Córdoba (D2)- y a Hugo Cayetano Britos –en su calidad de Oficial, Jefe de Brigada Antisubversiva (dentro del D2)- a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y accesorias legales y a Miguel Ángel Gómez –en su calidad de Suboficial de la Policía de Córdoba- a la pena de 16 años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo y accesorias legales y, absolvió a Calixto Luis Flores –en su calidad de Suboficial Sargento-.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ha resuelto, en lo que va del año, ocho sentencias definitivas en causas en las que se investigan crímenes contra la humanidad cometidos en la última dictadura (causa “Reinhold” registro 137/12, en la cual se investigaron hechos constitutivos de delitos de crímenes contra la humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita”; “Molina” registro 162/12, en la que se consideró por primera vez en la historia jurídica argentina que delitos contra la integridad sexual -violaciones- constituyen delitos de lesa humanidad; “Rezett”, registro 516/12, en la que se analizó un ejemplo de la cruel metodología utilizada por la última dictadura al perpetrar los trágicos sucesos que sucedían en la época; “Arrillaga”, registro 743/12, en la que se condenó por crímenes cometidos en el centro clandestino de detención con sede en la Base Naval de Mar del Plata; “Olivera Róvere”, registro 939/12, en la que se juzgaron las responsabilidades de las máximas autoridades del que fuera Primer Cuerpo de Ejército, y se condenó a los Jefes de Área de la Subzona Capital Federal –que habían sido absueltos por el Tribunal Oral-; “Soza”, registro 1191/12, en la que la casación revocó el sobreseimiento y la falta de mérito dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca respecto de Jorge Alberto Soza, quien a la época de los hechos se habría desempeñado como Segundo Jefe de la Policía Federal de Neuquén; “Liendo Roca”, registro 1242/12, en la que el tribunal casatorio, con cita de la jurisprudencia nacional e internacional vigente –que incluyó el célebre antecedente del “Caso de los jueces” que tuvo lugar en el marco de los juicios de Nüremberg– y de la doctrina más autorizada sobre la materia, estableció que constituyen delitos contra la humanidad y, en consecuencia, son imprescriptibles los cometidos por un juez y un fiscal durante la última dictadura en tanto toleraron la comisión de crímenes de lesa humanidad; y “Greppi”, registro 1404/12, en la que se confirmaron las condenas de Néstor Omar Greppi, Omar Aguilera, Roberto Oscar Fiorucci, Carlos Alberto Reinhart, Néstor Bonifacio Cenizo, Athos Reta, Oscar Yorio y Hugo Roberto Marenchino por crímenes contra la humanidad cometidos en la Provincia de La Pampa, en la Subzona 1.4, dependiente del Primer Cuerpo del Ejército, durante la última dictadura).