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La Corte Suprema dispuso un reajuste del 10 por ciento en las cuotas de la Obra Social del Poder Judicial (OSPJN) correspondientes a los afiliados extraordinarios y adherentes, a partir del 1º de septiembre.
La modificación fue resuelta por el Máximo Tribunal mediante la Resolución CSJN Nº 2245/2012, de acuerdo a lo previsto en el Estatuto de la OSPJN, en cuanto prevé que las cuotas para este tipo de afiliados deben ajustarse en idéntico porcentaje al incremento salarial que perciba el personal en actividad y a partir de la misma fecha.
La mencionada resolución sostiene que el aumento en el salario se dispuso a partir del 1º de julio. Pero la aplicación retroactiva del ajuste en la cuota a partir de esa fecha sería imposible, por ello determinaron que el incremento sea aplicado desde el inicio de septiembre.