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En los expedientes R.65.XLVIII y R.66.XLVIII, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró improcedentes las quejas que por recursos extraordinarios denegados articuló la defensa de Otilio Romano.
En los planteos interpuestos, el ex juez Romano cuestionó decisiones judiciales que no habían hecho lugar a la recusación del juez Walter Bento y, de la misma manera, en cuanto no hizo lugar a la nulidad de todo lo actuado; ello, en el marco de las actuaciones en las que el ex magistrado está acusado de delitos de lesa humanidad ocurridos durante el último gobierno militar.
Así lo decidieron los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, quienes consideraron que la presentación no tenía fundamento autónomo suficiente.
Informe de Prensa Nº 55 - Buenos Aires, 11 de julio de 2012