CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
El Tribunal Oral Federal de Catamarca difundió los fundamentos de la sentencia que, el 15 de junio pasado, condenó a Carlos Alberto Lucena y a Juan Daniel Rauzzino a 16 y 10 años de prisión, respectivamente, por crímenes de lesa humanidad.
Lucena fue considerado coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de organizador, autor mediato penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Griselda del Huerto Ponce, Julio Genaro Burgos, Nelly Yolanda Borda y Francisco Gregorio Ponce; todo en concurso real.
En tanto, Rauzzino fue condenado por ser coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de organizador, autor mediato penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Griselda del Huerto Ponce y Julio Genaro Burgos; todo en concurso real.
El tribunal –integrado por los jueces Juan Carlos Reynaga, Gabriel Eduardo Casas y José Quiroga Uriburu- resolvió mantener el cumplimiento de la pena de prisión impuesta a los acusados bajo la modalidad de prisión domiciliaria, hasta que la presente sentencia quede firme.
Se trató de la primera causa en la cual se realizó un debate oral y público en esa provincia por violaciones a los derechos humanos.