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El pasado 16 de abril, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano H. Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, dictó sentencia en la causa Nº 3.877 “Rezett, Fortunato Valentín s/ recurso de casación” de su registro, confirmando el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata por medio de la cual condenó al nombrado, en su carácter de Capitán de Infantería Adscripto a la Plana Mayor de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea 601 de Mar del Plata, a la pena de prisión perpetua “por considerárselo autor penalmente responsable del delito de infracción de deber de homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía y por el concurso premeditado de dos o mas personas (arts. 80 del C.P., 5, 12, 29 inc. 3, 40,41, 55, 90, 393, 399, 400, 530 y 531 del C.P.P.N.)”, en perjuicio de Ana Lía Delfina Magliaro. El hecho por el que fuera condenado Rezett es un ejemplo de la cruel metodología utilizada por la última dictadura al perpetrar los trágicos sucesos que sucedían en la época.
Esta es la tercera sentencia definitiva en causas de lesa humanidad dictada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en lo que va del año (también dictó sentencia en causas “Reinhold” registro 137/12, en donde se investigaron hechos constitutivos de delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita”; y “Molina” registro 162/12, en la que se consideró por primera vez en la historia jurídica argentina que delitos contra la integridad sexual -violaciones- constituyen delitos de lesa humanidad).