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La jueza subrogante del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6 de la Ciudad, Andrea Danas, dictó una medida precautelar ordenando al Gobierno de la Ciudad “se abstenga de dictar acto administrativo alguno para efectuar la demolición del inmueble sito en la calle Mariscal Sucre nº 2265”. Asimismo, dispuso que “en caso de que dicho acto administrativo haya sido dictado el Gobierno de la Ciudad se abstenga de innovar en el estado del inmueble referido. Todo ello hasta tanto remita al Tribunal todos los antecedentes administrativos relacionados con la demolición del inmueble en cuestión”.
La magistrada consideró en su resolución la “irreparabilidad del daño que se produciría” en caso de que se llevara a cabo la demolición del inmueble y que, por lo tanto, existe “peligro en la demora”.
La medida fue dictada en el marco de un amparo iniciado por María Carmen Arias Usandivaras y Santiago Pusso, en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la Asociación Civil Basta de Demoler -Por la preservación del Patrimonio Arquitectónico de Buenos Aires-.
La Asociación Civil sostiene que el inmueble “forma parte del cuerpo patrimonial del arquitecto Francisco T. Gianotti, cuyos principales trabajos integran el acervo arquitectónico porteño” y que no presenta ningún cartel de permiso de obra que justifique la demolición.