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La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió hoy, por mayoría, rechazar el recurso extraordinario denegado interpuesto por la defensa de Luis y Omar Eduardo Yoma, que solicitaba la extinción de la acción penal en una causa por infracción al régimen penal cambiario.
El recurso cuestionó el pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que no hizo lugar al referido requerimiento de prescripción y confirmó la decisión del Juzgado Federal de La Rioja, que había condenado a la firma Yoma S.A, y en forma solidaria a los nombrados (art. 1 inc. e y f, de la ley 19.359), al pago de una multa en pesos equivalente a 114.707 dólares.
Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi y Maqueda, consideraron que el recurso extraordinario no cumplía con el requisito de fundamentación autónoma suficiente. La jueza Argibay entendió que la presentación era inadmisible (art. 280 del C.P.C. y C. N).
Informe de Prensa Nº 17 Buenos Aires, 20 de marzo de 2012