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El juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, condenó este viernes a seis meses de prisión de cumplimiento en suspenso, por ser autor penalmente responsable del delito previsto en el artículo 132 del Código Electoral Nacional.
Dicha norma establece que “se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas”.
La causa se había hincado el 21 de abril de 2008, en virtud de la solicitud efectuada por el Fiscal Electoral, Dr. Jorge Felipe Di Lello, a fin de evaluar el posible incumplimiento por parte de aquel ciudadano de las prescripciones del artículo 132 del Código Nacional Electoral, en relación con su incomparecencia, sin causa justificada, a desempeñar las tareas como primer suplente de la mesa de sufragio n° 3803 en las elecciones nacionales que tuvieron lugar el 28 de octubre de 2007, función para la cual había sido designado por la Junta Nacional Electoral.