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El juez de la Sala Quinta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Mario D’Jallad desestimó una medida cautelar innovativa solicitado por los apoderados del Club Deportivo Calvimonte en un amparo presentado contra la Liga regional de Fútbol de El Carril. La cautelar buscaba habilitar a dicho equipo de fútbol para que disputara el domingo pasado el partido correspondiente a la final del torneo local.
La Liga le impuso al Club Deportivo Calvimonte y a Defensores de Zamora una sanción que imposibilitó a ambos equipos participar de las finales del torneo anual 2011, abarcando además al año 2012.
El juez D’Jallad sostuvo al resolver que la cautelar innovativa "coincide en un todo virtualmente con la acción de fondo. En cuyo caso de despachársela estaríamos frente a una medida autosatisfativa. O de otra forma, se dictaría una tutela prejuzgando".
Recordó en esta línea que la cautelar solicitada, "más allá de la gravedad que puedan atribuirle las autoridades del Club Deportivo Calvimonte, no se sitúa en forma ni modo alguno dentro de las medidas autosatisfactivas" y argumentó que dictar una medida sin escuchar a la contraria "violaría en forma grosera la garantía de defensa en juicio y debido proceso" ya que la resolución de la Liga Regional de Fútbol de El Carril da cuenta de hechos que pueden ser calificados como graves y por ello, sostuvo, resulta necesario escuchar su fundamentación antes de adoptar cualquier tipo de resolución.
Aclaró el magistrado además que esto no implica avalar lo actuado e impone como contrapartida, a la Liga "una fuerte dosis de prudencia en cuanto a los alcances de la medida dispuesta en la reunión de fecha siete de febrero".