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El Superior Tribunal remitió al Consejo de la Magistratura el resultado del sumario administrativo iniciado contra el juez en lo Civil y Comercial de Santo Tomé, Humberto De Biase Echeverría, por ineficiencia en el desempeño de su función y abuso de su cargo.
Fue sancionado y exhortado a que se abstenga de dictar medidas cautelares improcedentes contra el Estado u organismos nacionales.
La Corte Provincial concluyó en que la actuación del magistrado De Biase Echeverría trasgredió los principios básicos de la función pública, deberes éticos generales y el Código de Ética del Poder Judicial.
La conducta del magistrado en un número relevante de causas contra el Estado Nacional en las que se dictaba medidas cautelares para luego declararse incompetente; y en el otorgamiento de guardas de adopción implicó una violación reiterada de la jurisdicción y competencia, concluyeron los Ministros.
Consideraron además que existían pruebas de su falta de eficiencia en el desempeño de la función; desconocimiento de los deberes y obligaciones inherentes a su cargo; desconocimiento y violación de disposiciones legales y reglamentarias, negligencia respecto del servicio de justicia y abuso de su función de juez.
Con fecha 9 de febrero, los doctores Carlos Rubín, Alberto Alejandro Chain, Juan Carlos Codello y Fernando Augusto Niz rubricaron la resolución por la que se sancionó disciplinariamente al juez sumariado con una multa del 30% de su salario mensual.
Decidieron también mantener la exhortación de que De Biase Echeverría se abstenga de dictar medidas cautelares improcedentes contra el Estado u organismos nacionales, como así también observar las exigencias legales respecto de las guardas adoptivas y ajustar el trámite de las causas que se encuentran bajo su jurisdicción. Por Secretaría Administrativa se ordenó la formación de un nuevo expediente para investigar la actuación de dos abogados que fomentaron Amparos contra los organismos nacionales.