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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de un condenado contra un fallo del Tribunal Oral Federal Nº2 de Córdoba que denegó un pedido de libertad condicional por ser aquel reincidente.
El fallo contó con los votos mayoritarios de los jueces Liliana Catucci y Pedro David. En su voto la camarista sostuvo que "nuestra Constitución Nacional no impide que el legislador tome en cuenta la anterior condena -entendida ésta como un dato objetivo y formal- a efectos de ajustar con mayor precisión el tratamiento penitenciario que considere adecuado”. Agregando que “esto implica una decisión de política criminal que queda exenta del control de constitucionalidad judicial”.
En tanto que el magistrado Alejandro Slokar votó en disidencia. Entre otras cuestiones, fundamentó su opinión en que “si el Código Penal autoriza la libertad condicional en casos de multireincidencia o de reincidencia calificada, a fortiori no puede entenderse que la impide en los casos de reincidencia simple, lo que conduce al resultado paradojal –y absurdo- de que a alguien se le niegue el beneficio por ser reincidente simple y no múltiple”.