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En los autos caratulados : “Incidente por apelación en autos: Actuaciones p.a. Incendio en la U.N.R.C. – Cuerpo de Fotocopias” (Expte. N° 606/2011), la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba presidida en esta causa por el Dr. Abel G. Sánchez Torres integrada por los Dres. Luis Roberto Rueda y José Pérez Villalobo resolvió por unanimidad:
1) DECLARAR DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el doctor Jorge Valverde, en representación de José Luis Pincini, Edith Matilde Ducros y Miriam Palmira María Ferrari, en contra de la resolución dictada el 19 de agosto de 2011 por el Juez Titular del Juzgado Federal de Río Cuarto (art. 454 del C.P.P.N.).
2) CONFIRMAR la resolución apelada en cuanto dispone mantener el procesamiento de Carlos Agustín Bortis, ya filiado en autos, en orden al delito de Estrago culposo agravado por muerte de personas (art. 189, segundo párrafo, del C.P.), en carácter de coautor (art. 45 del C.P.).
3) CONFIRMAR la resolución apelada en cuanto dispone mantener el procesamiento de Javier Boretti, ya filiado en autos, en orden al delito de Estrago culposo agravado por muerte de personas (art. 189, segundo párrafo, del C.P.), modificando el grado de participación atribuido, que se fija en carácter de partícipe secundario (art. 46 del C.P.).
4) CONFIRMAR la resolución apelada en cuanto dispone el procesamiento de Liliana Gladis Ruetsch, ya filiada en autos, en orden al delito de Estrago culposo agravado por muerte de personas (art. 189, segundo párrafo, del C.P.), en carácter de coautora (art. 45 del C.P.).
5) RECOMENDAR al señor Juez de primera instancia que procure la mayor celeridad en el trámite de clausura de la instrucción y ulterior elevación de la causa a juicio.
6) Todo sin costas (art. 531, C.P.P.N.)
Antecedentes de la causa
La causa investiga las explosiones y el incendio ocurrido en la planta piloto de la Universidad nacional de Río Cuarto el 5 de diciembre del año 2007, en el cual fallecieron Gladys BARALLA, Miguel MATTEA, Liliana GIACOMELLI, Juan Andrés POLITANO, Damián CARDARELLI y Carlos RAVERA y sufrieron lesiones y/o quemaduras a Sebastián MURELLO, Diego BONAZZA, Cecilia PAGLIERO, Liliana Gladis RUETSCH, Laura POTES, Jorge DAGHERO e Iván BRAIDA; así como lesiones a un número no determinado de personas y daños cuantiosos sobre bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO.
De acuerdo al cargo que desempeñaban al momento del suceso, se atribuye a los imputados: Haber omitido, efectuar los controles necesarios a los fines de corroborar el cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 1 y 2 de la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo; arts. 145, 149, 160, 162 y 164 del Decreto Reglamentario de la mencionada norma, ello teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, permitiendo que entre el 15 y el 20 de noviembre del año 2007, se instalara dentro de la Planta Piloto dependiente del Departamento de Tecnología Química de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Río Cuarto, una planta de extracción de aceite a base del solvente hexano, para lo cual se modificó el interior de la misma, colocándose trece (13) tambores en línea horizontal, conteniendo el mencionado solvente solo o mezclado con aceite lo que conforma una mezcla denominada miscela, apoyados sobre una estructura metálica e interconectados a un caño colector que a su vez se conectaba con un tanque de preparado y un extractor hacia donde se la transportaba por medio de bombas.
Tal instalación respondió a un trabajo que realizaba en conjunto la empresa DE SMET y el Grupo GIDPO (Grupo de Investigación y Desarrollo en Productos Oleaginosos) creado por el Decanato de la Facultad de Ingeniería por Resolución Decanal N° 014/93, integrado a la fecha de los suceso investigados por los Dres. Miguel MATTEA, Damián CARDARELLI, Ingeniera Gladis BARALLA e Ingeniera Liliana Gladis RUETSCH; Ello en el marco de un convenio entre la mencionada empresa y la Fundación de la Universidad Nacional de Río Cuarto presidida por el Ingeniero Carlos BORTIS.
El día 5 de diciembre de 2007, alrededor de las 10 horas se produjo un derrame de miscela que provocó que gases provenientes del hexano se desparramaran - presuntamente por efecto de la corriente de aire que ingresara desde el portón “norte”-, hacia el lado sur de la nave central de la Planta Piloto, donde, presuntamente al tomar contacto con una fuente de calor (que se trataría de un dispositivo autoclave para esterilizaciones, el que atento el estado en que se encontraba luego del siniestro –válvula de gas abierto y con paquetes- puede presumirse que se hallaba encendido), produjo una primera deflagración que recorrió en sentido inverso a la dirección que habían tomado los gases, hasta llegar a la parte central de la Planta Piloto produciendo una gran columna de fuego y nuevas explosiones.
Los fundamentos del presente fallo serán leídos el 16 de diciembre, a las 13 horas.