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La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento por homicidio culposo dictado a un anestesiólogo. Se lo acusa de haber ordenado el traslado de un paciente a una sala común, pese a la recomendación de los médicos de terapia intensiva para que permanciera junto a la víctima en el quirófano, hasta tanto contaran con una cama disponible en esa área.
Los jueces Alberto Seijas, Carlos Alberto González y Julio Marcelo Lucini destacaron en su fallo lo reseñado en la historia clínica del paciente fallecido, de la que surge que ante el pedido de cama realizado por el profesional a la Unidad de Terapia Intensiva le informaron que “debería esperar una hora para que se liberara algunas de las existentes en ese sector”.
Los camaristas indican que ante esa situación el sector de urgencias -conforme surge del libro de pase de guardia del nosocomio donde se realizó la intervención-, recomendó al anestesiólogo que al paciente “lo retenga en el quirófano”.
Constando que el procesado les manifestó que “él no puede esperar”, y que el paciente ya se había despertado y por eso lo pasaría a una habitación común.
El fallo, a partir de los testimonios recogidos, sostiene que la víctima presentaba “una situación de inestabilidad hemodinámica durante la cirugía y quien tenía a su cargo el manejo hemodinámico del paciente era el anestesista”. Coincidiendo en cuanto a que “debería haber permanecido en quirófano asistido por el anestesista hasta tanto la cama de terapia intensiva estuviera disponible”.
Los camaristas además sostuvieron que “estos notorios descuidos, unidos a su actuación en la inmediata etapa postoperatoria donde procediera a desligarse de la atención a que se veía obligado para corroborar el real estado del enfermo y que hubiera evitado la grave descompensación clínica que sufriera, deben tomarse
como consecuencia directa del fatal resultado producido”.