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    Impusieron condena a un hombre por incumplir obligaciones alimentarias

    Lo resolvió Sandra Torres, jueza en lo Correccional, de Garantía y de Menores de Tartagal. La sentencia fijó una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. Además, ordenó como regla de conducta que finalice los estudios secundarios

    La jueza en lo Correccional, de Garantías y Menores de Segunda Nominación de Tartagal, Sandra Sánchez, condenó a un hombre a seis meses prisión de ejecución condicional, imponiéndole como regla de conducta terminar sus estudios secundarios siguiendo el plan para adultos de tres años de cursado. De esta forma resolvió una causa de violencia familiar y omisión de los deberes de obligación alimentaria.

    El hombre se negaba a cumplir con dicha tarea aduciendo que su ex concubina “tenía trabajo”, aludiendo al cobro de un plan social. “Si ella ya está cobrando, para qué le voy a pasar”, dijo el hombre durante la audiencia de debate lo que a criterio de la magistrada manifiesta su irresponsabilidad y convicción de que no tiene obligaciones con sus tres hijos.

    Al fundamentar las razones por las que se le impuso la regla de conducta de cumplimentar su educación secundaria conforme a los planes de educación para adultos en el período lectivo que se iniciará el año próximo, la magistrada recordó que “creer que porque cobra el salario (cuando lo cobra) no tiene más obligaciones, sí es ignorancia total, máxime cuando lo que eventualmente gana lo consume en reuniones de amigos para beber y jugar a las cartas”.

    De allí que se le impusiera además la obligación de abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y ejercer actos de violencia en contra de su ex pareja.

    Y observó particularmente “el efecto negativo de los planes sociales” que se traduce en la falta de incentivo a la búsqueda de trabajo ya que el hombre dijo durante la audiencia que no salía a buscar empleo porque su mujer “ya tiene un beneficio social”.
     

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