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La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó una resolución de primera instancia respecto del uso de un logo comercial y sostuvo que “cuando se trata de marcas formadas por una letra o un número, nadie puede pretender el monopolio o exclusividad sobre esa letra o ese número”
La intervención del tribunal se dio en una causa en la que se planteó el uso de una misma letra que se utilizaba como logo por parte de un canal de televisión y un hotel.
La resolución, que tuvo el voto del juez Alfredo Silverio Gusman y la adhesión de los magistrados Ricardo Víctor Guarinoni y Santiago Bernardo Kiernan, concluyó que “la tutela recaerá exclusivamente sobre el diseño particular que se le otorgue a esa letra o a ese número”.
El fallo además señaló “que el único parecido que podría notarse con relación a la oponente es que, en definitiva, representan la misma consonante”.