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El juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de tres acusados por el delito de reducción a la servidumbre.
Según se indica en la resolución, a dos de los acusados se les imputa haber reducido a la servidumbre, al menos entre junio del 2007 y el 3 de octubre de 2011, a las distintas personas que contrataron como empleados, a quienes obligaban a trabajar en su taller textil, sito en calle Pola 1995/1997, el cual posee una conexión interna con el domicilio de la calle Garzón 5611 de esta ciudad, donde los sometían a su poder y voluntad y a precarias condiciones laborales, sin permitirles salir del lugar, haciéndolos pasar, incluso, las noches en improvisadas habitaciones que los empleados tenían destinadas para continuar bajo la esfera de custodia de los empleadores.
Los hechos fueron realizados con la participación del otro de los acusados, que al ser el encargado y “mano derecha” de los nombrados, prestaba una colaboración indispensable en el taller que consistía, muchas veces, en reemplazar en las funciones a los otros dos imputados cuando éstos se ausentaban y, además, en realizar el reparto de las prendas textiles que se confeccionaban, agrega.
“Durante las jornadas laborales, que muchas veces se extendieron por días enteros, los mantuvieron encerrados bajo llave sin dejarlos salir a su antojo y conminándolos, gritos y maltratos mediante, a realizar el trabajo textil encargado sin, prácticamente, tiempo de descanso; de esta forma los mantuvieron bajo su dominio, ya que los empleados no tuvieron la voluntad como para exigir mejoras laborales por temor a perder el trabajo, ya que era común que los empleadores le dirigiesen tal amenaza en caso de no culminar la tarea o solicitar descanso”, añade.