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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, en el expediente A.511.XLVII. “Alderete, Víctor Adrián s/causa nº 13110”, desestimar la queja interpuesta por la defensa del ex presidente del Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) contra decisiones judiciales que rechazaron el pedido de extinción de la acción penal por prescripción, en el marco del expediente en el que se investiga el delito de uso de documento público falsificado.
Anteriormente, la Cámara Nacional de Casación Penal - por falta de sentencia definitiva- y el Tribunal Oral Federal Nº 6 denegaron el requerimiento de Alderete.
Para decidir de esa manera, los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda y Argibay consideraron que la presentación directa -por recurso extraordinario denegado- no cumplía con los recaudos de los artículos 4 y 7 –incs. b) y c)- del Reglamento aprobado por la Acordada 4/2007, que regula la presentación de recursos ante la Corte. El juez Zaffaroni entendió que era inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Informe de Prensa Nº 64 Buenos Aires, 4 de octubre de 2011.