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La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso de casación presentado en una causa para que diez asambleístas de Gualeguaychú sean indagados, en el marco de la denuncia penal por los cortes del puente internacional.
Se trata de una presentación mediante la cual se pretendía anular la resolución de la Cámara Federal de Paraná que había declarado mal concedido un recurso de apelación. Esa Cámara había desestimado el pedido del Poder Ejecutivo nacional para que diez asambleístas de Gualeguaychú sean indagados y remitido el expediente al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay para "la readecuación del trámite".
Para Casación, “el decisorio recurrido no encuadra en las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación… Siendo ello así, y no habiéndose demostrado que el temperamento procesal adoptado debe ser equiparado –en el caso- a sentencia definitiva por sus efectos, el recurso en este aspecto debe ser declarado mal concedido”.