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La Cámara Tercera en lo Criminal condenó hoy a José Benito Gil a cinco años de prisión efectiva e inhabilitación para la tenencia, portación y uso de arma de fuego por el término de ocho años, al encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de homicidio con exceso en la legítima defensa en perjuicio de Fabio Ramiro Llanes. El hecho ocurrió en 2005 y Gil deberá permanecer alojado en la Cárcel local.
También fue condenado Juan Eduardo Méndez, a la pena de cuatro años de prisión efectiva e inhabilitación para tenencia, portación y uso de arma de fuego por el término de ocho años, accesorias legales y costas, por resultar partícipe necesario del delito de homicidio con exceso en la legítima defensa, ordenándose su inmediata libertad.
El Tribunal también resolvió absolver por no mediar acusación fiscal a Edgar Gabriel Llanes de los delitos de abuso de arma en concurso ideal con portación ilegítima de arma de uso civil.
Respecto de la demanda civil, la Cámara Tercera en lo Criminal resolvió condenar a José Benito Gil y Juan Eduardo Méndez a pagar en el término de diez días de consentida la sentencia la suma de 120 mil pesos en concepto de reparación integral por daños y perjuicios más los intereses judiciales desde la fecha del hecho.
Salta, 24 de agosto de 2011