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Ante diversas consultas formuladas ante la Secretaría Electoral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se recuerda a todas aquellas personas que fueron autoridad de mesa de votación en la elección del 10 de julio que, tal como consta en el nombramiento que recibieron para esa primera vuelta, tienen la obligación de cumplir la misma función en la segunda vuelta del 31 de julio, que por el ejercicio de la función recibirán una compensación dineraria, y que la ausencia injustificada es considerada un delito electoral sancionado con pena de prisión.
Buenos Aires, 28 de julio de 2011
Prensa Tribunal Superior de Justicia CABA