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    Candidatos a intendente no podrán postularse también a primer concejal

    El Superior Tribunal rechazó un recurso de casación presentado contra una resolución que ratificaba dicha prohibición. Rige para aquellos municipios que renuevan autoridades el próximo 7 de agosto

    El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó los recursos de casación e inconstitucionalidad planteados por la Unión Cívica Radical (UCR) contra una resolución de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de 2ª Nominación con Competencia Electoral que impide a los candidatos a intendente que participan en los comicios del próximo 7 de agosto ser además candidatos a  primer concejal, como lo prevé la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.

    La resolución de la Cámara, que confirmó un decreto emitido el Tribunal Electoral Provincial Ad hoc (TEAH), había considerado que cuando los municipios organizan sus comicios de renovación de autoridades junto con las elecciones provinciales deben regirse por el Código Electoral de la Provincia que, en su artículo 50, prohíbe las candidaturas simultáneas.

    En su resolución, el TSJ explicó que las cuestiones electorales únicamente pueden llegar al máximo órgano judicial de la provincia cuando se plantea una arbitrariedad normativa sustancial manifiesta. "Para que semejante vicio se configure, es necesario que el fallo carezca de todo fundamento jurídico o incurra en un ostensible apartamiento del ordenamiento jurídico que exceda el marco de lo opinable", enfatizó el Alto Cuerpo. En este caso, el TSJ consideró que la Cámara en lo Contencioso Administrativo ha proporcionado argumentos para explicitar, con acierto o con error, la solución dada al pleito.

    Finalmente, el Alto Cuerpo agregó que, conforme a la documentación remitida por las respectivas juntas electorales municipales al TEAH, el recurrente se sometió al decreto cuestionado en las distintas localidades en las que oficializó listas de candidatos.

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