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El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 2 -integrado por los jueces Luis Losada, César Lemos y Claudio Gutiérrez de la Cárcova- condenó a dos ciudadanos mexicanos a la pena del tres años de prisión en suspenso, por encontrarlos responsables del delito de lavado de activos agravado por ánimo de lucro, en grado de tentativa, en el marco de un juicio abreviado.
La investigación se inició luego de que en octubre del 2005, en el Aeropuerto de Ezeiza, se le detectaran u$s348.000 a una mujer, modelo publicitaria de profesión, y u$s270.000 a un hombre (músico), dentro de sus respectivos equipajes, luego de que arribaran al país en un vuelo proveniente de México DF.
A ambos se los acusó por haber ingresado al territorio nacional la suma de 618.000 dólares, habiendo declarado en los formularios de Aduanas que ingresaban una suma inferior a los 10.000 dólares, “los que se encontraban ocultos en distintos compartimentos que a modo de doble fondo tenían las maletas que conformaban sus equipajes… (y) haber recibido, guidados por un ánimo de lucro, el dinero mencionado, siendo éste de origen delictivo, con el fin de hacerlo aplicar a una operación que le diera la apariencia de un origen lícito”.
En el proceso, los acusados reconocieron su intervención en los hechos y prestaron conformidad para recibir las penas. Además, el tribunal ordenó el decomiso de 617.400 dólares, dinero secuestrado durante la investigación. Se constató que los 600 dólares restantes eran falsos.