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El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, tuvo este lunes por cumplida la orden de desalojo librada el pasado 9 de marzo respecto del predio delimitado por las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad de Buenos Aires.
A continuación, la parte dispositiva de la resolución:
"I.- Tener por cumplida la orden de desalojo dictada en autos en fecha 09-03-11 respecto del predio delimitado por las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
II.- Hacer saber a los funcionarios involucrados que deberán arbitrar los medios que resulten necesarios para dar estricto y acabado cumplimiento con los compromisos asumidos en la audiencia celebrada en fecha 17-05-11 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que fuera homologada por ese excelentísimo Tribunal en su Resolución del 18-05-11.-
III.- Restablecer la efectiva posesión y tenencia del predio delimitado por las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Señor Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, Dr. Juan José Mussi y al Señor Presidente del Instituto de la Vivienda, Don Omar Abboud, a los fines denunciados en la presente ejecución de sentencia.-
IV.- Requerir al Señor Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, Dr. Juan José Mussi, y al Señor Presidente del Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Don Omar Abboud, que en forma urgente, informen a esta judicatura los plazos que resultan necesarios para dar solución a eventuales deterioros en las unidades recientemente desalojadas teniendo en ciernes los estándares de celeridad que esta ejecución de sentencia exige, que asignen en forma inmediata cada una de las unidades recuperadas a quienes resultan ser sus beneficiarios, y realicen la entrega efectiva y definitiva de las mismas en cuanto estén en debidas condiciones; lo cual también deberá realizarse en el mas breve plazo posibles.-
V.- Hacer saber a todos los funcionarios involucrados que el incumplimiento de la presente, en forma efectiva, fehaciente, concisa, acabada y pormenorizada, los hará incurrir inmediatamente y sin más contemplaciones, en la responsabilidad que les correspondiere por mandatos específicos y determinados por el incumplimiento a una orden judicial, lo cual los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
VI.- Notifíquese a la Sra. Fiscal Federal de Quilmes lo aquí resuelto. A tal fin líbrese cédula por Secretaria.-
VII.- Regístrese y notifíquese por Secretaría. Comuníquese para su toma de razón a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante atenta nota de estilo.-