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    Procesan a miembros de la comunidad Lules por el delito de turbación de posesión

    Lo dispuso el Juez de Instrucción Formal de Tercera Nominación, Pablo Farah. Procesó a quince personas como autores penalmente responsables aquel delito. Se investigan hechos ocurridos en enero de 2010 en Finca Las Costas

    El Juez de Instrucción Formal de Tercera Nominación, Pablo Farah, dispuso el procesamiento de quince personas como autores penalmente responsables de los delitos de turbación de posesión en concurso ideal con resistencia a la autoridad, agravado por la participación de un menor.

    Se trata de personas identificadas como miembros de la comunidad indígena “Los Lules” que el 20 de enero del año pasado atacaron a operarios del Jockey Club de Salta que pretendían realizar trabajos en un predio ubicado en el kilómetro 1 de Finca Las Costas, arrojándoles piedras, amenazándolos y dañando una manguera de combustible y una rueda del tractor.

    Los hechos se produjeron pese a una orden judicial que prohibía al cacique de la comunidad, realizar actos que impidieran el ingreso y/o egreso o mantenimiento en el inmueble matrícula 149.889, a directivos y personal dependiente y/o contratado del Jockey Club de Salta, además de prohibírseles realizar actos que impidan el normal uso y goce del predio por parte de dicha institución.

    La resolución del magistrado explicita que “el procesamiento en modo alguno va a determinar la propiedad o posesión de las tierras de Finca Las Costas en favor de alguna de las partes en litigio”, sino que se trata de “un juicio de reproche penal en grado de probabilidad respecto de los hechos de violencia verificados en el lugar en fecha 20/01/10. En efecto, la titularidad del dominio de Finca Las Costas no se discute en esta sede penal, toda vez que resulta una cuestión extraña a la competencia material de esta instrucción, la cual tiene por objeto la investigación preliminar de los hechos de violencia suscitados en la fecha aludida. El derecho de propiedad que reclaman los miembros de la comunidad indígena ‘Los Lules’, por su calidad de pueblo originario, deberá hacerse valer a través de las vías judiciales pertinentes y por ante el fuero civil respectivo, ya que resulta el ámbito jurisdiccional idóneo para reclamar la titularidad sobre las tierras que entienden les pertenecen”.

    El procesamiento en esta etapa, es un juicio provisional que permite avanzar hacia la otra etapa del proceso en donde el proceso contradictorio posibilitará el ejercicio pleno de acusación y defensa constitucional para arribar a la verdad real y la concreta aplicación de la ley penal.

    Salta, 05 de mayo de 2011

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