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Informe de Prensa N° 23 Buenos Aires, 3 de marzo de 2009
En la causa promovida por Raquel Álvarez contra la aseguradora Siembra, la Corte de Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy que el rescate de un seguro de retiro pactado en dólares estadounidenses deberá ser pagado por la empresa en esa misma moneda.
De esa manera, el Tribunal descartó que resulte aplicable a tales obligaciones la pesificación dispuesta por el decreto 214 de 2002 y sus normas complementarias.
La Corte juzgó que en el caso de los seguros de retiro convenidos en moneda extranjera, debe ser utilizado el mismo criterio que había establecido respecto de las rentas vitalicias previsionales pactadas en dólares al pronunciarse en el precedente “Benedetti…” del 16 de setiembre de 2008.
La sentencia fue firmada por los doctores Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt (según su voto), Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.