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El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, amplió este miércoles la orden de desalojo de las viviendas ocupadas en el predio ubicado en las calles Lafuente, Castañares y Portela de Villa Soldati, luego de que se detectaran nuevas usurpaciones en el lugar.
La medida fue dictada en el marco de la causa “Mendoza”, donde la Corte Suprema de Justicia ordenara la puesta en marcha de un plan de saneamiento integral de la cuenca Matanza-Riachuelo.
A continuación, la parte resolutiva de la nueva decisión:
“I.- Requerir al Titular de la Subsecretaría de la Policía Metropolitana, Lic. Eugenio Burzaco, y a la Titular de la Secretaria de Seguridad Operativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, Dra. Cristina Caamaño Iglesias Paiz, que, a través de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), informen en forma urgente y dentro de las 24 horas, todo lo sucedido sobre la nueva intrusión acaecida con fecha 15-03-11 en el predio sito en Av. Castañares, Lafuente y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando las medidas que se venían realizando para la preservación de dicho predio, como así también los recursos humanos y materiales que se contaban al efecto, reiterándose la obligación de informar diariamente las medidas que se vayan adoptando en cumplimiento de la manda judicial (conf. Resolución de fecha 11-03-11), ello bajo apercibimiento de aplicar la sanción de multa diaria prevista en el fallo en ejecución por un monto que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
II.- Requerir al Sr. Subsecretario de la Policía Metropolitana, Lic. Eugenio Burzaco, informe la situación actual de medios y posibilidad de ejecución que posee la Policía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el cumplimiento de la orden dispuesta con fecha 09-03-11, como así también con cuántos hombres cuenta esa dotación debiéndose especificar aquellos que pertenecen a la dotación de Infantería, que cantidad de móviles -de todo tipo- poseen, si alguno de los funcionarios provienen de otra fuerza de seguridad, y en su caso de cual, la formación y especialización de los funcionarios, como así también cualquier otro dato de interés que sirva al cumplimiento del desalojo ordenado con fecha 09-03-11; ello bajo apercibimiento de aplicar la sanción de multa diaria prevista en el fallo en ejecución por un monto que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
III.- Requerir a los Sres. representantes ante la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), Biol. Javier Francisco Corcuera Quiroga e Ing. Sergio Agostinelli, a la Sra. Ministra de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, y al Sr. Jefe de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Don Horacio Rodríguez Larreta, a realizar en el plazo perentorio de cinco (05) días un censo o individualización sobre las personas que actualmente se encuentran ocupando el complejo habitacional supra indicado, para lo cual se deberá formalizar un relevamiento y análisis de la situación personal de cada uno de ellos y eventual solución para una evacuación pacifica, debiendo esto concretarse en un plan ampliatorio al ya ordenado en autos, conforme a los fundamentos ya expuestos en la presente; ello bajo apercibimiento de aplicar la sanción de multa diaria prevista en el fallo en ejecución por un monto que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
IV.- Requerir al Sr. Jefe de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Don Horacio Rodríguez Larreta, arbitre los medios que fueran necesarios para coordinar las áreas a su cargo tendientes a dar efectivo cumplimiento a todo lo ordenado en la presente manda; ello bajo apercibimiento de aplicar la sanción de multa diaria prevista en el fallo en ejecución por un monto que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
V.- Reiterar a los Sres. Titulares de los Ministerios de Seguridad de cada una de las jurisdicciones gubernamentales involucradas en la remediación ambiental, la implementación de todas las acciones que garanticen efectivamente el trabajo de los responsables al cumplimiento de la presente manda, a fines de evitar toda situación que entorpezca en cualquier modo el desenvolvimiento normal de las obras referenciadas, haciéndoles saber que el incumplimiento de la presente, en forma efectiva, fehaciente, concisa, acabada y pormenorizada, los hará incurrir inmediatamente y sin más contemplaciones, en la responsabilidad que les correspondiere por mandatos específicos y determinados por el incumplimiento a una orden judicial, lo cual los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
VI.- Requerir a la Sra. Secretaria General de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dra. Daniela Olivetto, notifique la presente en forma urgente y personal, bajo debida constancia a los representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), lo cual deberá ser acreditado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas.”