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En Córdoba, el juez federal de Bell Ville, Oscar Valentinuzzi, ordenó como medida cautelar al Estado nacional y la empresa Repsol suspender "la venta de las acciones de YPF S.A. filial Argentina y/o cualquier otra operación bursátil que involucre la venta sesión o transferencia de las acciones de YPF S:A filial Argentina, en los cuales el actor y demás integrantes del Programa de Propiedad Participada nucleados a través de la Federación de Ex empleados de YPF S.A., no tengan intervención y/o participación".
Fue en el marco de una acción declarativa de certeza presentada por la Federación de Ex empleados de YPF SA, por la que pretende se declare a trabajadores de la compañía su calidad de accionistas de la empresa.
En su fallo, el juez dijo que “el derecho del actor como del sindicato de empleados que defienden el derecho a la participación en el Proceso de ventas estaría justificado por aquella normativa nacida en la ley de privatización 23.696 no controvertida por otra norma, por la existencia de un Programa de Propiedad Participada como modo de organizar la distribución accionaria”.
Además, aseguró que “de no suspenderse a través de la medida el proceso de nueva venta de acciones podría devenir en una situación jurídica que de ser ilegítima como se denuncia, desbarataría los derechos del actor y el sindicato de empleados que se asignan el derecho a la participación en el proceso de venta de las acciones, todo lo que me permite sostener que se han reunido los dos requisitos de verosimilitud del derecho e irreparabilidad del daño”.