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La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó un fallo de primera instancia que había dispuesto el procesamiento de una mujer por el delito de “entorpecimiento del normal funcionamiento de los transportes por tierra”, en el marco de una investigación por el corte de la Autopista Riccheri durante una manifestación.
El hecho ocurrió el 24 de octubre de 2008, entre las 10 y 12.39, aproximadamente, cuando fuera obstruida la circulación vehicular en la autopista Riccheri a la altura del kilómetro 17, sentido Ezeiza a Capital Federal.
A la imputada se la acusa de que, con su intervención y la de otras personas, habría impedido la libre circulación sobre dos de los cuatro carrilles vehiculares habilitados en el lugar, aunque según un testigo “cuando llegó la prensa cortaron uno más quedando sólo un carril disponible”. Ello, según la resolución, “evidenciaría que en cierto momento la obstaculización vehicular se vio acentuada en el lugar y todo ello descarta el intento de la defensa de minimizar la real dimensión de la perturbación ocasionada”.
Para la Cámara, “a primera vista se advierte que habría existido un obrar deliberado destinado a dificultar el tránsito de los automotores sobre una porción importante de la senda vehicular; con la consecuente relevancia criminal de la conducta voluntaria desarrollada. Más aún cuando en la ocasión la difusión del reclamo podría haberse igualmente canalizado a través de otras vías alternativas que habrían estado predispuestas en la ocasión (entrega de panfletos haciendo saber las demandas en la zona de peaje)”.