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La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja -art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- por recurso extraordinario denegado, interpuesta por la defensa de Víctor Adrián Alderete contra la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal que, en acuerdo plenario, había declarado inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley en la causa en la que se investigan irregularidades en la contratación de la empresa “Matter Medical S.A.” por parte del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP- PAMI).
De tal modo, se mantuvo la resolución de la Sala IV de Casación de no hacer lugar al recurso intentado contra el pronunciamiento del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6, que denegó un planteo de excepción de falta de acción por litis pendencia, requerido por la defensa del Alderete –por entonces presidente del INSSJP- respecto del progreso de la presente causa.
La decisión de la Corte lleva la firma de los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni y Argibay.
Informe de Prensa Nº 103 Buenos Aires, 1 de diciembre de 2010