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    Riachuelo: intiman con multas a funcionarios en caso de incumplir el saneamiento de un polo industrial

    El juez federal de Quilmes intimó a ACUMAR a realizar obras y elaborar un plan para el mejoramiento ambiental de un polo curtiembrero en Lanús. Fijó un plazo de diez días bajo apercibimiento de sancionar con $1000 diarios a los funcionarios responsables

    El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella, intimó a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) a que en diez días realice una serie de obras y defina un plan de trabajo para el saneamiento ambiental de un polo curtiembrero ubicado en la localidad bonaerense de Lanús, bajo apercibimiento de sancionar con una multa de $1.000 diarios a los funcionarios responsables.

    Se trata del predio ACUBA, cuya propiedad pertenece a la provincia de Buenos Aires y que está destinado a la implementación de una planta regional de tratamiento de residuos industriales, en donde deben ser trasladadas todas las curtiembres de Lanús.

    La medida fue dictada en el marco de la ejecución del fallo de la Corte Suprema en el caso “Mendoza”, donde el Máximo Tribunal ordenara la puesta en marcha de un plan de saneamiento integral del Riachuelo.

    En la resolución, firmada este martes, Armella requiere a ACUMAR lo siguiente:

    - Realizar las obras de construcción del muro perimetral del predio ubicado en la calle Olazábal entre Coronel Molinedo y Pte. Balbín de la localidad de Lanús.

    - Establecer un listado definitivo de las curtiembres pertenecientes al Proyecto ACUBA. Se debe informar las empresas que han sido declaradas agentes contaminantes, a cuáles de ellas les fue exigido el Plan de Reconversión Industrial (PRI), la fecha en que éstos han sido presentados, y la aplicación de medidas de clausura ante el vencimiento para la presentación de PRI.

    - Informar aquellas empresas respecto a las cuales se haya dictado una medida preventiva, debiendo especificar la razón de ello, y cuáles serán trasladadas al predio en cuestión, qué superficie ocupará cada una de las curtiembres adheridas y cómo efectivizarán los aportes a los que cada una de ellas se comprometiera.

    - Oficializar el dato referente al caudal de efluentes resultantes de los procesos industriales de las empresas curtidoras, a fin de permitir la concreción de la totalidad de las obras previstas por  la empresa AySA en la “Alternativa al Colector Margen Derecho”.

    - Establecer una fecha definitiva en la que  el “Plan de trabajo” acompañado como parte integrante del Proyecto del Parque Industrial Curtidor sea aprobado, debiendo asimismo establecer en él, términos  concretos de inicio y finalización de cada uno de los aspectos que lo conforman.

    En la misma disposición, se requirió al intendente del Municipio de Lanús, Darío Díaz Pérez, que en el mismo plazo establezca una fecha de inicio de las obras tendientes a la concreción del Proyecto de Viviendas e informe si ha efectivizado el traspaso de tierras del mencionado proyecto habitacional al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y en su defecto, cuándo será efectivizado, bajo apercibimiento de la misma multa.

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