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El juez Marcelo Martínez de Giorgi, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 8, ordenó el archivo de una causa por interferencias a señales televisivas y radiales pertenecientes a la empresa Artear SA, ocurridas en el año 2009, por no constituir delito.
Según el magistrado, en la causa "se han recolectado sólidos elementos probatorios para arribar a la conclusión, que las interferencias acaecidas los días 24, 25 y 26 de marzo y el 5 del mes de mayo del año 2009 objeto de investigación, obedecieron a un problema del sistema generado por un mal funcionamiento y con motivo de un obrar no intencional".
"En este sentido y valorada la prueba en forma mancomunada, no se verifican en el accionar denunciado vestigios que demanden sanción penal alguna; correspondiendo concluir finalmente con la presente investigación por inexistencia de delito", agregó.