CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento de dos acusados de ser los responsables de un taller textil clandestino, en donde se encontró a 12 trabajadores bolivianos, que permanecían ilegalmente en el país.
El juez de grado había sobreseído a los imputados por inexistencia de delito, resolución que fue apelada por el fiscal.
Según los camaristas, “no alcanza para sustentar un temperamento liberatorio la circunstancia de que las personas que eran empleadas en el taller de costura hayan ingresado al país por pasos fronterizos controlados por la Dirección Nacional de Migraciones. En el caso, la ilegalidad exigida por las figuras criminales examinadas queda configurada ya que aquellas personas ingresaron al país bajo la categoría de ‘residentes transitorios’ -turistas- y, posteriormente, cumplieron tareas remuneradas, contraviniendo las prescripciones del artículo 52 de la ley migratoria”.
“En la causa persiste la sospecha de que los imputados hayan encarado como política general de empresa el aprovechamiento diagramado y oportunista de la estancia irregular de trabajadores extranjeros en el país”, agregaron los jueces.
Para los magistrados, “la ausencia de registros tributarios y laborales, sumado a la clandestinidad en la que se encontraba sumido el taller de costura -al no contar con la habilitación para funcionar como tal expedida por la autoridad de contralor del Gobierno de la Ciudad Autónoma-, habilitarían la presunción de que estos actos tenderían al aseguramiento o protección de la permanencia ilegal de estos individuos en nuestro territorio y, a su vez, habrían redundado en un beneficio económico para quienes explotaban el negocio”.