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A partir del mes de marzo del año 2009 tramitaron y tramitan en el Juzgado más de doscientas (200) causas y demás legajos de investigación vinculados con el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en el interior de los asentamientos conocidos como “Ciudad Oculta” (o Villa 15), Villa 31 y 31 bis, Villa 21 y Villa 1-11-14 de esta ciudad, así como también otros barrios de esta ciudad (principalmente las zonas de Constitución, Once y sus alrededores).
En los expedientes referidos se materializaron trescientos sesenta y seis (366) allanamientos con la colaboración de la División Operaciones Metropolitanas de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y otras dependencias de las referidas fuerzas de seguridad.
Los procedimientos han arrojado como resultado hasta aquí:
a. El secuestro de:
1. Sustancia estupefaciente conformada a base de lo que comúnmente se conoce como “PACO” en un total aproximado de cincuenta y cinco mil gramos (55.000 gr.), equivalente a un promedio aproximado de cinco millones quinientas mil (5.500.000) dosis umbrales de PACO (con base en que cada dosis de PACO tendría en promedio 0.01 gramos del alcaloide cocaína, conforme los estudios y conclusiones obtenidas por especialistas en materia de toxicología).
2. Sustancia conformada a base de Clorhidrato de Cocaína en un total aproximado de cincuenta y siete mil trescientos gramos (57.300 gr.);
3. Sustancia conformada a base de Marihuana en un total aproximado de quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y cinco gramos (548.695 gr.);
4. Un total de ciento veinte (120) armas de fuego de distintos calibres (.22, .32., .38, .45 y 9mmm., pistolas y ametralladoras de fabricación casera, magnun 357., escopetas, carabinas, un sub fusil, etc.), cuatro (4) chalecos antibalas, tres (3) granada de mano, cuatro (4) silenciadores, tres (3) miras telescópicas y una gran cantidad de municiones de toda clase y calibre (balas de punta de teflón y hueca, más de 1000 cartuchos de FAL, etc.).-
b. La detención y vinculación de doscientos sesenta y ocho (268) personas, siendo elevadas para la instancia de juicio oral un total de doscientas trece (213), de las cuales cincuenta y ocho (58) se encuentran vinculados a una misma organización con asiento en la Villa 1-11-14 de esta ciudad, comandada en principio por MARCO ANTONIO ESTRADA GONZÁLEZ y SILVANA ALEJANDRA SALAZAR (en juicio entre ese total).
Asimismo, conforme la información obtenida regularmente, se han dictado hasta el momento sentencias condenatorias sobre cuarenta y siete (47) de las personas elevadas a juicio: seis (6) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 1, doce (12) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 2, ocho (8) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 3, siete (7) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 4, nueve (9) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 5 y cinco (5) por el Tribunal Oral Criminal Federal n° 6.-
Particularmente, en el marco de la investigación realizada en el ámbito terriotirial de la villa 1-11-14 de esta ciudad se detectó la existencia y actual permanencia de un importante e indefinido número de personas debidamente organizadas con el afán de llevar a cabo en el interior e inmediaciones de ese asentamiento poblacional diferentes acciones de corte delictivo, entre ellas el tráfico ilícito de estupefacientes a gran escala y la producción de otras conductas ilícitas en principio relacionadas con la mentada actividad (se llevan incautados hasta el momento más de setenta y cinco (75) kilogramos de droga, cincuenta (50) armas de fuego de distintos calibres, treinta (30) almacenes cargadores de armas de fuego, más de dos mil (2.000) municiones, cuatro (4) chalecos antibalas, dos (2) silenciadores, una (1) mira telescópica y dos (2) granadas de mano).
En este contexto, conforme las diferentes pesquisas desplegadas, especialmente en la causa n° 11.882/2010, se ha podido recopilar prueba que sirvió para vincular a MARCO ANTONIO ESTRADA GONZÁLEZ y a SILVANA ALEJANDRA SALAZAR como jefes de la mentada organización criminal, y a más de setenta (70) personas en calidad de miembros, por haber conformado una asociación, destinada primordialmente a ejecutar en la referida zona actos relacionados con el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, como así también con la comisión de otras acciones de corte delictivo producidas, en general, en el marco de esa actividad (tales como el almacenaje y uso permanente de todo tipo de armamento y municiones), con el claro objetivo de mantener la hegemonía territorial de la zona en la que se produciría la mayor parte del emprendimiento criminal en cuestión.
La mayor parte de la investigación se encuentra actualmente en la instancia de juicio ante el tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3, quedando pendiente en la etapa de instrucción la ubicación y detención de catorce (14) personas sobre las que pesa orden de captura, y la individualización de por lo menos diecisiete (17) más relacionadas en principio con aquella organización criminal, en tanto respecto de seis (6) personas se decretó la falta de mérito en pos de profundizar la investigación y confirmar o descartar su conexión en la referida banda.
Se destaca además que en dicha investigación, como nota distintiva, se valoró como parte de la prueba de cargo el relato ofrecido por dos (2) imputados acogidos a la figura del arrepentido (artículo 29ter de la ley 23.737), encontrándose uno de ellos dentro del régimen del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Es de destacar como ejemplo del tenor de las actividades de este grupo criminal, que en los registros domiciliarios llevados a cabo el 1° de julio de 2011 en espacios privados usados como “depósitos”, se logró el secuestro de seis mil quinientos noventa y cuatro (6.594) envoltorios con sustancia que sería comercializada como PACO y setecientos sesenta y siete (767) envoltorios con sustancia conformada a base de MARIHUANA.-
Asimismo, el 2 de noviembre de 2011, se procedió a secuestrar de una habitación usada como “depósito” cinco (5) escopetas calibre 12.70, dos (2) pistolas ametralladora calibres 9mm., y .45; un (1) fusil automático liviano (calibre .7,65), una (1) carabina automática calibre .22 Largo Rifle, un (1) pistolón calibre 12,70, un (1) revólver calibre .22 Corto, una (1) mira telescópica, tres (3) chalecos antibala, siete (7) almacenes cargadores para armas de fuego de distintos calibres y mil cuatrocientos cinco (1.405) municiones de distintos calibres.-
Finalmente, durante los procedimientos concretados el 15 de junio de 2012 en el interior del mismo asentamiento, se logró el secuestro de aproximadamente 2.253,763 gramos de sustancia conformada a base de cocaína –que incluye clorhidrato de cocaína y “PACO”- (diseminada en 6.346 envoltorios) y 2.200,14 gramos de sustancia conformada a base de marihuana (diseminada en 40 envoltorios de distintos tamaños), diecisiete (17) armas de fuego (entre las que se destacan un Sub fusil “Ingram”, calibre 9mm., con cargador colocado y nueve municiones a bala calibre 9mm.; una escopeta “BOITO” y una carabina calibre .22 Largo), un (1) silenciador, almacenes cargadores, gran cantidad de municiones, un (1) silenciador) y hasta una (1) granada de mano.-
Control de la demanda
De modo paralelo, a partir de muestras obtenidas de tales decomisos, y luego del informe preliminar elaborado por el laboratorio de la Cátedra de Toxicología y Química Legal de la FACULTAD DE FARMACIA Y BIOQUÍMICA, con la colaboración de la Cátedra de Toxicología de la FACULTAD DE MEDICINA, ambas de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, se ha podido conocer que la sustancia conocida como ‘Paco’ se destaca por componerse del ‘alcaloide de cocaína’ libre -uno de los principios activos de la hoja de coca- en concentraciones muy pequeñas (entre 0,01 y 0,03 gramos), estiradas con otras sustancias (comúnmente cafeína, bicarbonato de sodio, y en menor cantidad lidocaína), por lo que genera una estimulación rápida, pero a su vez efímera.
Sobre esta base se ha podido distinguir esta sustancia de las restantes modalidades en que el alcaloide es conocidamente consumido -clorhidrato de cocaína o pasta base-, por la ausencia de iones de cloruro y sulfato.
También, los DOCTORES EUGENIO R. ZAFFARONI y SERGIO G. TORRES convocaron a una comisión interdisciplinaria de expertos en adicciones a fin de optimizar y efectivizar el abordaje judicial de la persona problematizada por el uso y abuso de sustancias psicoactivas, teniendo presente que además era necesario unificar criterios de tratamiento y atención de afectadas por el consumo de drogas.
El resultado de ese trabajo fue la “GUIA DE ORIENTACIÓN A LA MAGISTRATURA PARA LA ADECUADA ATENCIÓN DE PERSONAS CONSUMIDORAS DE SUSTANCIA PSICOACTIVAS” con la participación del Ministerio de Justicia de la Nación y la Legislatura de la CABA que establece un protocolo de tratamiento que oriente a la magistratura en la atención de personas con consumo problemático de drogas.
Se editó el libro “PACO, UNA DÉCADA DESPUÉS” como un intento de plantear la estructura del problema y compilar en un solo texto la normativa vinculada.
Culminó el año 2010 con la creación en el ámbito de la FACULTAD DE MEDICINA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES de la 1° CÁTEDRA INTERDISCIPLINARIA PARA LA ADECUADA ATENCIÓN DE PERSONAS CONSUMIDORAS DE SUSTANCIAS PSICOACTIVA., con el objeto de “capacitar a los profesionales de la salud y a aquellos otros que se desempeñen y/o interesan en el abordaje, atención, prevención y tratamiento de personas consumidoras de sustancias psicoactivas, considerando para ello la problemática social, sanitaria e institucional que se ciñe en torno al consumo de estupefacientes, en especial, de “Paco”.” (Resolución UBA 36.245/10).
Esta CÁTEDRA INTERDISCIPLINARIA PARA LA ADECUADA ATENCIÓN DE PERSONAS CONSUMIDORAS DE SUSTANCIAS PSICOACTIVA., con idéntica estructuración y objetivos, también comenzó a dictarse durante este año 2012 en el ámbito de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, emplazada en el partido de San Martín, provincia de Buenos Aires, y empezará también próximamente en la UNIVERSIDAD DE LANÚS.