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La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de un comerciante que vendía en un local de Belgrano ropa con la marca falsificada.
La causa se inició por una denuncia de la empresa Adidas, y luego de un allanamiento al local se corroboró que había mercadería con la marca adulterada.
El imputado fue procesado por violación al inciso “d” del artículo 31 de la ley de marcas (22.362), que prevé una pena de entre tres meses y dos años al que “ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada”.
“En reiteradas oportunidades esta Sala ha sostenido que ‘…la ley de marcas protege las buenas prácticas comerciales y el público consumidor (Fallos 253:267; 279: 150 y 302:67), concediéndosele al titular de la marca registrada el derecho a usarla y a gozarla en forma exclusiva, mientras que al consumidor le sirve de garantía respecto del origen de los productos que recibe…’”, indicaron los camaristas.