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La Jueza en lo Correccional de Garantías y Menores 2 del Distrito Judicial del Norte Tartagal, Sandra Sánchez condenó a la pena de dos meses de prisión en suspenso a las personas que en julio de 2008 cortaron el camino principal que conduce a un pozo petrolero en Salvador Mazza.
En aquella protesta, los manifestantes cerraron el paso al camino principal que conduce al pozo Tuyunti CTX2, a cien metros al norte del puesto de control de Gendarmería Nacional en el paraje “El Chorro”.
En la fundamentación de la sentencia, la magistrada recordó que “si bien la Constitución Nacional además de reconocer los derechos que invocan los acusados, que es el solicitar trabajo, exige que sean pacíficos y razonables, no pueden canalizarse a través de delitos. Y el tipo previsto en el art. 194 del C.P., por su ubicación en el digesto sustantivo, se incluyen dentro de aquellos que tutelan la seguridad pública, en concreto el funcionamiento del transporte en general; este tipo de delitos se caracterizan porque lesionan la seguridad mediante la producción de un peligro”.
Estas acciones se configuran por acciones como “estorbar”, molestar o tomar más incómodo, y “entorpecer”, hacer más dificultoso el funcionamiento de los transportes o la prestación de los servicios.
A las personas condenadas además, la magistrada les impuso como regla de conducta, la obligación de abstenerse de concurrir a manifestaciones ilegales.
Dos acusados Irma Cristina Veisaga (supuesta instigadora) y Walter Emilio García, fueron declarados rebeldes, con pedido de captura, por eludir el accionar de la justicia. Los fundamentos de la sentencia, fueron leídos la semana pasada.
Salta, 10 de septiembre de 2010