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El Tribunal Oral Federal de Tucumán difundió este lunes los fundamentos del fallo que, el 8 de julio pasado, condenó a prisión perpetua al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército Luciano Benjamín Menéndez por delitos de lesa humanidad, cometidos en esa provincia durante el último gobierno de facto.
Cabe recordar que, en la sentencia, los jueces Carlos Jiménez Montilla, Gabriel Casas y Josefina Curi hallaron culpable a Menéndez de los delitos de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravada, torturas seguidas de muerte y homicidio agravado por alevosía.
Asimismo, el tribunal difirió el pronunciamiento sobre la forma de cumplimiento de la pena impuesta a Menéndez para la etapa de ejecución, manteniéndose para el ex comandante en esta causa el beneficio de arresto domiciliario.
Por otro lado, el tribunal también impuso la pena de prisión perpetua para Roberto Heberto Albornoz.
En tanto, condenó a 18 años de prisión a Armando Luis De Cándido por los delitos de asociación ilícita agravada, violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad y usurpación de inmueble.
En el caso de Armando De Cándido y Albornoz, el tribunal dispuso además se le revoque la prisión domiciliaria, por lo que deberán cumplir la pena en el penal de Villa Urquiza, en aquella provincia.
Asimismo, los jueces impusieron la pena de 3 años de prisión en ejecución condicional para Carlos Esteban De Cándido.
Causa “Facino”
En tanto, el Tribunal Oral Federal de Santa Fe dio a conocer los fundamentos del fallo que, el 13 de agosto pasado, condenó a 23 años de prisión al ex jefe de Policía Mario Facino, acusado por el secuestro y homicidio de la docente Alicia López de Rodríguez, ocurrido en el año 1976.
Asimismo, los jueces María Ivón Vella, Ricardo Moisés Vázquez y José María Escobar dispusieron que el acusado deberá cumplir la condena en una cárcel común.
Al imputado se lo acusó por los delitos de privación ilegítima de la libertad en concurso real con los delitos de tormentos agravados por ser ejercidos contra perseguidos políticos y homicidio, todos en perjuicio de López de Rodríguez.