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    Confirman fallo que obliga a realizar análisis de ADN

    Lo resolvió la Cámara del Crimen. La medida fue ordenada en un caso en donde se investiga a una persona por violaciones reiteradas y recae sobre el acusado, la víctima y dos hijos que habrían nacido de los hechos investigados. Fallo completo

    La Sala V de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmó un fallo que había ordenado practicar un estudio comparativo de ADN, a fin de determinar la existencia de vínculo biológico paterno entre una persona acusada de violaciones reiteradas y dos menores de edad que habrían nacido de esos hechos, y materno entre la víctima y los niños.

    La medida había sido cuestionada por el acusado, por considerar que no cumple con los requisitos de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad que fija el Código Procesal Penal de la Nación (artículo 218 bis).

    Para las camaristas Mirta López González y María Laura Garrigós de Rébori, “la medida es razonable pues existen indicios suficientes que avalan su producción… Por otra parte, la obtención de ADN es proporcional en función de confrontar el grado de injerencia que implica en el cuerpo, con los hechos denunciados y la prueba recolectada hasta el momento”.

    “Así, ya anteriormente a la sanción de la ley 26.549, nos hemos pronunciado en el sentido de que el imputado no puede eludir dicha medida, pues se encuentra obligado a someterse a su realización desde el mismo momento en que no lo será en calidad de sujeto de la relación procesal, sino como objeto de prueba en el proceso. De ahí que su oposición resulte irrelevante, máxime cuando no implica un menoscabo a su salud o integridad corporal”, señalaron.

    Y agregaron: “Tampoco se advierte una intromisión ilegítima al ámbito privado de los niños y su madre, ya que deberá ser practicada del modo menos lesivo, en atención a lo previsto en los párrafos 4° y 5° del art. 218 bis del C.P.P.N.”.

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
    • 04-04/2025 - Integración Sala III - Para los días 14 al 16 de abril del 2025.- Sorteo el día 7 de abril de 2025, a las 09.00hs.-