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El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Trenque Lauquen condenó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la empresa Aguas Bonaerenses SA a ajustar, en un plazo de 90 días corridos, la prestación del servicio público del agua potable de la localidad de Carlos Casares a los parámetros de calidad vigentes con respecto al contenido de arsénico y aluminio.
Así, el juez Pablo Germain hizo lugar a una acción de amparo promovida por un grupo de vecinos de aquella localidad, que reclamaba asegurar la potabilidad del agua con respecto a los porcentajes máximos permitidos de toda sustancia o mineral que excediéndose resulten nocivos para la salud.
Además, el magistrado requirió que, en un plazo de tres meses, las demandadas presenten un programa planificado de adecuación de los requerimientos tecnológicos necesarios para asegurar la potabilidad del agua.
En su fallo, Germain aseguró que “de la prueba documental acompañada… y del informe producido por la Comisión Municipal de Control de Calidad de Agua que realizó un seguimiento y evaluación permanente del servicio… se colige que en variadas fechas y muestras extraídas en los domicilios de diferentes vecinos y analizadas por distintos organismos y laboratorios, el nivel de arsénico y de aluminio en el agua de red en Carlos Casares, superó los parámetros máximos permitidos por el sistema jurídico vigente”.
Asimismo, afirmó que “los actores, al ser vecinos de la ciudad de Carlos Casares, cuentan con legitimación suficiente en materia de prevención de sus derechos ambientales”.