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La Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal rechazó este jueves un pedido de excarcelación y otro de arresto domiciliario que había presentado la defensa del secretario general de la Asociación Bancaria, Juan José Zanola, en el marco de la causa por tráfico de medicamentos adulterados.
En ambas resoluciones, el tribunal rechazó los recursos de apelación presentados por Zanola, contra las decisiones del juez federal Norberto Oyarbide que, en primera instancia, había desestimado aquellos planteos.
En cuanto al pedido de excarcelación, la Cámara señaló que la afirmación en torno a la posibilidad de que Zanola, de recuperar en autos su libertad, pudiera entorpecer el desarrollo de la pesquisa o la efectividad de las medidas en curso es, al menos de momento, acertada.
Sin embargo, advirtió que “prácticamente no se han ordenado ninguna de las sugeridas por este Tribunal en sus anteriores intervenciones, por lo que habrá de encomendarse al instructor que en forma urgente lleve a cabo la totalidad de las diligencias indicadas por esta Cámara, ya que la prórroga prevista en el artículo 207 del Código Procesal Penal se encuentra vencida y resulta necesario que las actuaciones puedan avanzar hacia la etapa de debate”.
En tanto, con respecto a la solicitud de detención domiciliaria, la Cámara dijo que significaría un “riesgo procesal” que Zanola cumpla el arresto fuera del ámbito carcelario.
Brito
También la Cámara rechazó este jueves un recurso de apelación presentado por el empresario Gabriel Brito, contra el fallo de Oyarbide que había desestimado su excarcelación.
“La presunción basada en la posibilidad de que, de recuperar Brito su libertad a esta altura, podría comprometer el éxito de las medidas en curso -y de las que se encuentran pendientes que fueron oportunamente sugeridas por esta Alzada-, se encuentra por el momento respaldada, sin perjuicio de la reevaluación que de la cuestión corresponda efectuar una vez que desaparezcan los motivos que determinan tan excepcional restricción”, señaló el tribunal.