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La Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal rechazó una queja presentada por Víctor Alderete, ex titular del PAMI, contra el fallo que había desestimado una apelación contra la negativa a un pedido de nulidad de una serie de notificaciones y del requerimiento fiscal de elevación a juicio, en una causa por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la contratación de servicios de consultoría en los policlínicos de aquella entidad en la ciudad de Rosario.
Se trata de un proceso vinculado a un expediente principal, en donde se investiga la participación de Alderete y otros ex funcionarios por irregularidades en la administración de la obra social de jubilados y pensionados.
Alderete había cuestionado la afectación de la garantía constitucional “ne bis in idem” que, según el ex titular del PAMI, impide que en cada uno de los expedientes acumulados se pudieran formular requerimientos de elevación a juicio parciales que abarcaran el aspecto de la gestión infiel que había sido objeto de instrucción en forma particular y separada del resto.
Según el tribunal, en otros procesos se rechazó que eso pudiera significar una violación a la prohibición contra la persecución penal múltiple, “en la medida en que todos esos hechos individuales fueran conducidos hacia un único debate en el que se juzgue a Alderete y al resto de los imputados por la administración fraudulenta que se les reprocha”.
En esas condiciones, los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Farah consideraron que “no provoca a la defensa un agravio que amerite la apertura de esta instancia de apelación el rechazo in limine de un planteo de nulidad que reitera una petición que ya ha sido denegado en numerosas oportunidades en este conjunto de causas que tramitan acumuladas al expte. n° 1.240/00”.
“Deben atenderse además a elementales razones de economía procesal, si se tiene en consideración que la cuestión que aquí ha planteado la defensa se ha presentado en cada oportunidad en que se ha arribado a la etapa de crítica instructoria en los numerosos expedientes acumulados a ese proceso, con el resultado desfavorable ya expuesto a la pretensión formulada y a la celeridad en la tramitación de la causa”, agregaron.