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El Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó una modificación del artículo 10 del Reglamento para la Justicia Nacional que permitirá, a partir de ahora, la afiliación a partidos políticos de empleados y funcionarios del Poder Judicial.
La modificación aprobada seguirá excluyendo a los jueces de la actividad partidaria.
El dictamen afirma que "la prohibición de afiliación de los funcionarios del Poder Judicial de la Nación contenida en el artículo 8 inciso e) del Reglamento para la Justicia Nacional sustituido por Acordada N° 7/72, del 12-IV -72 de la CSJN, no solo es violatoria de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, sino también de la Convención Americana de Derechos Humanos".