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El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 24 no hizo lugar a la solicitud de salida del país y para tramitar su pasaporte que había realizado una persona procesada por violencia en espectáculos deportivos.
En la causa (que se encuentra elevada a juicio) se le imputa al simpatizante “la promoción a la formación de grupos destinados a protagonizar un enfrentamiento violento durante el desarrollo de un espectáculo deportivo, del que habrían resultado lesionados dos oficiales de policía”.
Con relación a ese hecho, recayó un procesamiento firme que determinó la imposición de una medida cautelar consistente en la abstención de concurrir a 500 metros a la redonda de todo estadio en donde se desarrolle un encuentro futbolístico profesional mientras dure el mismo, sus preparativos y desconcentración de espectadores.
Ante ello, los jueces Marcelo Alvero, María Cecilia Maiza y Rául Llanos entendieron que “contraria cualquier razonamiento suponer que pueda brindarse autorización para tramitar su pasaporte y abandonar el país a una persona sobre la que pesa la sospecha de haber protagonizado hechos de violencia en el marco de un espectáculo deportivo, con prohibición expresa de asistir a ellos”.
Añadieron que “la llegada del proceso a estos estrados inicia una etapa en la que será ineludiblemente necesaria su presencia a derecho cada vez que sea llamado. Así y a los fines de no dilatar el curso del proceso, se señala en autos la audiencia preliminar del día 16 de junio de 2010, a las 10.00 horas, con presencia de las partes, ocasión en que se darán a conocer las distintas alternativas procesales vigentes para la continuidad del trámite”.